Deialdiak ematen dien pisuarekin. Hori da puntuatzen duena.
Inversiones con carácter de servicio mínimo obligatorio
25 puntuQue la inversión se refiera a un servicio mínimo obligatorio de los recogidos en el art. 26 de la Ley 7/1985; hay que acreditarlo en la memoria descriptiva.
Excesos de obras incluidas en Planes Provinciales que no sean servicios mínimos
10 puntuQue la actuación sea un exceso de una obra ya incluida en Planes Provinciales y no constituya un servicio mínimo obligatorio.
Reparaciones en edificios o instalaciones municipales de uso o servicio público
10 puntuQue la reparación se realice en edificios o instalaciones municipales destinadas al uso o servicio público.
Equipamientos
5 puntuQue la inversión consista en equipamientos municipales (con la limitación de que el mantenimiento no es subvencionable salvo averías del periodo).
Población: municipios y entidades locales menores de hasta 200 habitantes
20 puntuPoblación de hasta 200 habitantes de la entidad solicitante.
Población: municipios y entidades locales menores de 201 a 500 habitantes
15 puntuPoblación de la entidad solicitante entre 201 y 500 habitantes.
Población: municipios y entidades locales menores de 501 a 1.000 habitantes
10 puntuPoblación de la entidad solicitante entre 501 y 1.000 habitantes.
Población: municipios y entidades locales menores de 1.001 a 19.999 habitantes
5 puntuPoblación de la entidad solicitante entre 1.001 y 19.999 habitantes.
Población: mancomunidades de municipios
5 puntuSer mancomunidad de municipios solicitante.
Tramos de intensidad de ayuda según puntuación obtenida (asignación de cuantías)
Máximo 65 % con 35 puntos o más; 50 % con 30 puntos; 40 % con 25 puntos o menos
Segunda fase de reparto: con la puntuación total se ordenan las entidades y se fija el porcentaje máximo de la inversión justificada que se subvenciona, sin superar nunca 6.000 €.
Reparto del crédito sobrante (segunda vuelta)
Reparto proporcional entre los de 30 puntos y después entre los de 25 puntos o menos, priorizando mayor puntuación
Si queda crédito tras el primer reparto, se distribuye proporcionalmente entre las entidades con 30 puntos y luego entre las de 25 puntos o menos, con los límites de la Base 4ª.