Subvenciones para programas de interés general sociosanitario
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ORDEN del ... de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de
Deialdi-egilea GALICIA
Zertarako den
Financiar programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y de los trastornos adictivos, ejecutados durante 2026 por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro en Galicia (procedimiento SA500A), en línea con el Plan de Salud Mental postCOVID-19 2020-2024 y el Plan de Acción de Prevención del Suicidio 2025-2027.
Balorazio-irizpideak
Deialdiak ematen dien pisuarekin. Hori da puntuatzen duena.
Implantación territorial de la entidad
2 puntuQue tus estatutos acrediten actuación en varias provincias gallegas: 1 punto en dos provincias, 1,5 en tres y 2 en las cuatro. En confederaciones, federaciones o agrupaciones se mira su ámbito territorial.
Experiencia en gestión y ejecución de programas en Galicia
2 puntuEspecialización y experiencia en salud mental y adicciones en programas similares financiados por administraciones públicas en los cinco años anteriores: 0,5 puntos por dos años, 1 por tres, 1,5 por cuatro y 2 por cinco. Se acredita con la resolución de concesión de la ayuda.
Adecuación de los recursos humanos de la entidad
8 puntuPersonal contratado en Galicia: volumen de plantilla (hasta 1,5), proporción de contratos indefinidos (hasta 3), proporción de personas con discapacidad (hasta 1,5), empleo de mujeres víctimas de violencia de género (1) y existencia de plan de igualdad inscrito en REGCON (1).
Línea I – Tipo de inversión
7 puntuObras de reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación (7 puntos); adquisición de suministros, equipamiento y vehículos (5); obras de conservación y mantenimiento (3).
Línea I – Tipología del centro
20 puntuCentros sanitarios de carácter residencial (comunidades terapéuticas, miniresidencias, viviendas supervisadas, pisos protegidos): 20 puntos; centros sanitarios no residenciales: 15; dependencias administrativas o de atención al público: 10.
Línea I – Ámbito territorial del proyecto de inversión
5 puntuProyectos en áreas rurales según el Decreto 99/2012: 3 puntos; en áreas rurales de alta dispersión: 5 puntos.
Línea I – Objeto del proyecto de inversión
25 puntuPuesta en marcha de nuevo centro sanitario residencial (25) o no residencial (20); en centros existentes: enmendar deficiencia con cese temporal de actividad (15), necesidad imprescindible (10), mejora de accesibilidad (6), atención telemática/domiciliaria nueva (5), mejora de calidad de vida (8) o incremento de al menos un 25 % de la capacidad (4).
Línea I – Innovación y compromiso con el medio ambiente
7 puntuProyectos innovadores que incorporen aspectos medioambientales, mejora de la eficiencia energética y uso de materiales sostenibles.
Líneas II a VI – Evaluación de las necesidades de la población destinataria
6 puntuUn estudio de las necesidades reales a abordar, análisis de los recursos existentes en el territorio, valor añadido del programa y justificación de su viabilidad y de la mejora significativa que aporta.
Líneas II a VI – Propuesta metodológica y objetivos
8 puntuPrecisión de los objetivos generales y específicos, claridad de las fases del proceso de trabajo, nivel de detalle de la metodología e impacto social del proyecto.
Líneas II a VI – Criterios de inclusión en el programa
4 puntuVías de acceso definidas, instrumentos y criterios para incorporar personas usuarias procedentes de recursos asistenciales sanitarios, criterios de selección y accesibilidad (barreras geográficas, tiempos de espera).
Líneas II a VI – Estimación de personas beneficiarias
4 puntuVolumen de personas beneficiarias directas e indirectas, método de cálculo con datos reales del ámbito de intervención y coherencia con el presupuesto solicitado.
Líneas II a VI – Características de la población diana
5 puntuQue el programa se dirija en exclusiva a menores de edad, mujeres o personas mayores de 65 años.
Líneas II a VI – Población de referencia de los ayuntamientos de implantación
4 puntuSuma de la población de los ayuntamientos donde se ejecuta efectivamente la actividad: hasta 50.000 habitantes 1 punto, 50.001-120.000 2 puntos, más de 120.000 3 puntos; +1 punto si el 50 % de los ayuntamientos están en áreas rurales o de elevada dispersión.
Líneas II a VI – Distribución horaria de la actividad
4 puntuActividad todos los días laborables (2 puntos), horario también de tarde con al menos el 20 % del horario semanal (1) y actividad también en fines de semana (1), coherente con la contratación del personal.
Líneas II a VI – Adecuación de los recursos humanos del programa
8 puntuExperiencia acreditada del personal en programas del mismo campo, descripción de funciones, número de efectivos adecuado a las personas beneficiarias y al horario, y participación efectiva de la persona coordinadora.
Líneas II a VI – Adecuación de los medios materiales
3 puntuCentro propio gestionado directamente por la entidad (1 punto), servicio de transporte para las personas usuarias (1) y atención telemática con tecnologías y programa definido (1).
Líneas II a VI – Evaluación del programa
9 puntuProceso de calidad e indicadores de evaluación y control en mejora continua, desagregados por sexo, que midan satisfacción de la persona usuaria, congruencia, continuidad, repercusión en el colectivo y número de intervenciones, con descripción del método de medición.
Líneas II a VI – Innovación
4 puntuProgramas innovadores dirigidos a necesidades emergentes no cubiertas o que incorporen nuevas tecnologías que añadan calidad con el mismo coste (se excluyen tecnologías ya implantadas como videollamadas o mensajería instantánea).
Líneas II a VI – Alianzas
3 puntuColaboraciones acreditadas documentalmente con el Servicio Gallego de Salud, con administraciones públicas y entes de Derecho Público o con otras entidades del Tercer Sector y de economía social, necesarias y pertinentes para el programa.
Líneas II a VI – Divulgación y publicidad
2 puntuActividades planificadas de divulgación con contenido y tipo de difusión, fechas, lugar de realización y uso de redes sociales o medios de comunicación.
Kanpoan uzten duena
Baten bat betetzen ez baduzu, eskaera ez da onartzen eta ez da puntuatzera iristen.
- Necesitas estar legalmente constituida al menos dos años antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOG: "Estar legalmente constituidas, por lo menos, con dos años de antelación a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG)".
- Tienes que estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS); basta presentar la solicitud de inscripción dentro del plazo de solicitudes, pero debes estar inscrita en el momento del pago.
- Tienes que tener domicilio social o delegación en la Comunidad Autónoma de Galicia y desarrollar allí tu actividad de forma efectiva.
- Tus fines estatutarios deben incluir la atención a personas con trastorno mental grave y/o adicciones.
- Quedan fuera universidades, entidades de derecho público, partidos políticos y sus fundaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sociedades civiles, organizaciones empresariales y sindicatos.
- Si tu programa no alcanza 32 puntos en la valoración del programa, tu solicitud será rechazada.
- Solo puedes presentar 3 solicitudes como máximo: 1 en la línea I de inversión y 2 en el resto (II a VI), nunca dos en la misma línea.
- Respeta los topes por línea: 50.000 € en líneas I, II y V; 10.000 € en líneas III y IV; 30.000 € en la línea VI.
- No puedes recibir esta ayuda si tienes otra financiación para la misma actividad de la Dirección General de Integración e Innovación Asistencial para 2026.
- En las líneas II a VI tu programa debe garantizar un mínimo de 10 horas semanales de atención directa presencial.
- Tienes que presentar la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta; la presentación presencial obliga a enmendarla y cambia la fecha de presentación.
- El plazo es de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el DOG.
- No se otorgan subvenciones a entidades que cometan, inciten o promocionen LGTBIfobia, incluidas las terapias de conversión.
Baldintzak
- Ser una de las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015 del tercer sector de acción social u otras organizaciones que cumplan los requisitos de la orden
- Estar legalmente constituida con al menos dos años de antelación a la publicación de la convocatoria e inscrita en el registro administrativo autonómico correspondiente
- Estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS); vale presentar la solicitud de inscripción en plazo, pero debes estar inscrita al pago
- Carecer de ánimo de lucro
- Tener domicilio social o delegación en Galicia
- No estar incursa en las prohibiciones del artículo 10.2 de la Ley 9/2007, acreditado mediante declaración responsable de la persona representante
- Tener entre los fines estatutarios la atención a personas con trastorno mental grave y/o adicciones
- Desarrollar la actividad de manera efectiva en Galicia con medios personales y materiales
- No cometer, incitar ni promocionar LGTBIfobia ni terapias de conversión
- Cumplir todos los requisitos al finalizar el plazo de solicitudes y mantenerlos durante toda la ejecución del programa
- En los programas de las líneas II a VI: basarse en una metodología de intervención avalada por la evidencia científica
- En los programas de las líneas II a VI: contar con personal cualificado, incluida una persona coordinadora responsable de la ejecución
- En los programas de las líneas II a VI: mínimo de 10 horas semanales de atención directa presencial
- En los programas de las líneas II a VI: presentar plan de comunicación del programa junto con la solicitud
- En los programas de las líneas II a VI: presentar plan de formación continuada de profesionales junto con la solicitud
- En la línea I: el proyecto de inversión debe estar vinculado unívocamente a un programa asistencial, presentado en memoria resumida
- Todos los programas deben respetar la perspectiva de género
- Presentar como máximo 3 solicitudes: 1 en la línea I y 2 en las líneas II a VI, nunca dos en la misma línea
- No tener otra financiación de la Dirección General de Integración e Innovación Asistencial para la misma actividad en 2026
- Tener suscrita póliza de seguro de accidentes, enfermedad y responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas
- En agrupaciones sin personalidad jurídica: cada miembro debe cumplir los requisitos, indicar compromisos e importes, nombrar representante y no disolverse hasta el plazo de prescripción
Eskatzen duten dokumentazioa
- Solicitud en formulario normalizado (anexo II) firmada por la persona representante, presentada electrónicamente
- Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante cuando no sea la designada en el Registro administrativo de la Comunidad Autónoma
- Plan de igualdad actualizado, de ser el caso, con acreditación de su inscripción en el REGCON
- Documento de compromisos de ejecución e importe por miembro en agrupaciones sin personalidad jurídica (anexo VI)
- Documento específico para valoración de las entidades (anexo V)
- Estatutos debidamente diligenciados
- Líneas II a VI: memoria explicativa por cada programa según el modelo del anexo III
- Líneas II a VI: documentación acreditativa de la formación de las personas que trabajan en el programa
- Líneas II a VI: plan de formación de profesionales y plan de comunicación del programa
- Línea I: memoria de la inversión según el modelo del anexo IV
- Línea I (obras): certificado del Registro de la Propiedad o contrato de alquiler o cesión y autorización de la persona propietaria
- Línea I (obras): planos de actuación
- Línea I (obras): anteproyecto presupuestado o proyecto de obras, o presupuesto detallado y memoria firmada por el/la contratista en obras de menor cuantía
- Línea I (obras): informe sobre la viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener licencias y permisos
- Línea I: memoria resumida del programa o programas a los que se vincula la obra o en los que se empleará el suministro, equipamiento o vehículo
- Línea I (suministros): presupuesto de la empresa suministradora con coste por unidad e importe total
- Tres ofertas de empresas proveedoras distintas y justificación de la elección cuando se superen los umbrales del contrato menor (40.000 € en obras, 15.000 € en suministros)
Sortu kontu bat irizpide eta baldintza guztiak ikusteko
Irizpide bakoitzaren puntuazioa, kanpoan uzten zaituena eta eskatzen duten dokumentazioa, PDF ofizialetik aterata. Doakoa da, eta deialdi hau gordeta geratuko zaizu.