Ayudas a asociaciones y federaciones de personas mayores de Eivissa
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Bases de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro en la isla de Eivissa para el año 2025
Convoca CONSELL INSULAR D’EIVISSA
Para que é
Apoyar a las asociaciones y federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro de la isla de Eivissa para su mantenimiento y para la organización de actividades socioculturales y de otro tipo que incrementen la calidad de vida de las personas mayores, correspondientes al año 2025.
Criterios de valoración
Co peso que lles dá a convocatoria. É o que puntúa.
Número de personas socias
7 ptosPuntúa por tramos el número de socios y socias acreditado por certificado de secretaría: de 100 a 200 socios 1 punto, y va subiendo un punto por tramo de 100 hasta 7 puntos con más de 701 socios.
Actividades que se realizan
19 ptosPuntúa la variedad de modalidades de actividades previstas en la memoria: socioculturales, deportivas, formativas, de ocio y tiempo libre, de rehabilitación y mantenimiento de la autonomía (fisioterapia, terapia ocupacional, podología) y de prevención, sensibilización y promoción del envejecimiento activo. En general 1 punto hasta 2 modalidades y 3 puntos a partir de 3 modalidades (en ocio y tiempo libre, hasta 4 puntos).
Espacios a disposición de la asociación
6 ptosPuntúa disponer de locales o espacios físicos en distintos pueblos o núcleos de población del municipio para realizar las actividades de la memoria: 2 puntos por cada local (máximo 6).
Existencia de personal voluntario
1 ptosAcreditar en la memoria que se cuenta con personal voluntario para realizar las actividades del plan de actuación: 1 punto.
Actividades de integración de personas mayores vulnerables (aisladas)
4 ptosPrever iniciativas para que personas mayores que viven solas se incorporen a las actividades (2 puntos) y, además, un servicio de acompañamiento para que puedan acudir a ellas (4 puntos).
Fondos de financiación propios de la asociación
2 ptosAportar más del 25 % del proyecto con fondos propios: 2 puntos.
O que deixa fóra
Se non cumpres algún, a solicitude inadmítese sen chegar a puntuarse.
- Solo puedes presentarte si eres una asociación o una federación de personas mayores sin ánimo de lucro: no entran otros tipos de entidad ni entidades con ánimo de lucro.
- Necesitas tener el domicilio social en la isla de Eivissa.
- Tienes que estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones del Govern de les Illes Balears (o el registro que corresponda según tu naturaleza jurídica).
- Tienes que estar inscrita en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009 de servicios sociales de les Illes Balears: sin esa inscripción quedas fuera.
- Solo pueden ser beneficiarias las entidades que desarrollen actividades dirigidas a personas que vivan en la isla de Eivissa, y las actividades deben realizarse en la isla de Eivissa (única excepción: un desplazamiento de ocio a Formentera).
- Solo son subvencionables las actividades realizadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025: lo de fuera de ese periodo no computa.
- Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOIB para presentar la solicitud, obligatoriamente por el Registro Electrónico General.
- Si te requieren subsanar, tienes 10 días hábiles: no se admite ninguna subsanación presentada fuera de plazo, aunque aún no se haya dictado el desistimiento.
- El pago es único y posterior: tienes que justificar el 100 % del presupuesto presentado en solo 10 días hábiles desde la publicación de la resolución definitiva de concesión, con facturas ya emitidas y pagadas.
- Tienes que estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la Seguridad Social y la hacienda del Consell Insular d'Eivissa, y no incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003.
Requisitos
- Ser asociación o federación de personas mayores sin ánimo de lucro que realice las actividades previstas en la base quinta.
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones del Govern de les Illes Balears o en el registro que corresponda según la naturaleza de la entidad.
- No tener ánimo de lucro, y que esa ausencia de ánimo de lucro conste explícitamente en los estatutos.
- Estar inscrita en el Registro de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de les Illes Balears.
- Tener el domicilio social en la isla de Eivissa.
- Desarrollar actividades dirigidas a personas que vivan en la isla de Eivissa.
- Estar al corriente de las obligaciones económicas con el Consell Insular d'Eivissa y de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria del art. 13 de la Ley 38/2003 ni del art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de les Illes Balears.
- Las actividades subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la isla de Eivissa, salvo el supuesto de actividades de ocio en Formentera previsto en las bases.
Documentación que piden
- Documento que acredite que la persona solicitante es la representante legal de la asociación o federación
- DNI del representante legal
- Tarjeta de identificación fiscal (NIF) de la asociación o federación
- Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o registro correspondiente según la naturaleza de la entidad
- Documento acreditativo de la inscripción en el registro correspondiente de Servicios Sociales previsto en la Ley 4/2009
- Estatutos de la asociación o federación, en los que conste explícitamente la inexistencia de ánimo de lucro y el ámbito territorial
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Presupuesto detallado de ingresos y gastos del plan de actuación (Anexo II)
- Declaración responsable sobre otras ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo III)
- Declaración responsable de no estar sometida a las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 y art. 10 del Decreto legislativo 2/2005 y de estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Consell Insular d'Eivissa (Anexo IV)
- Certificado de la secretaría con el número total de socios y socias, o de las entidades federadas en el caso de federaciones (Anexo V)
- Memoria explicativa de las actividades o del plan de actuación firmada por el representante (Anexo VIII)
- Declaración responsable en relación con los espacios físicos donde la asociación realiza las actividades (Anexo IX)
- Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell Insular d'Eivissa (solo entidades nuevas, con cambio de cuenta bancaria o con más de cinco años desde el impreso anterior)
- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, si no se autoriza al Consell a obtener esa información
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A puntuación de cada criterio, o que te deixa fóra e a documentación que piden, sacado do PDF oficial. É gratis, e esta convocatoria quédache gardada.