Subvención de apoyo a la creación
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CONVOCATORIA DE LA SUBVENCION APOYO A LA CREACION 2026
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA
Para que é
Financiar proyectos, actividades y actuaciones de cualificación artística y técnica, perfeccionamiento en la formación y producción de trabajos creativos en el ámbito de las Artes Plásticas y Visuales, presentados de forma individual o colectiva, y ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, en el marco de la Fundación Provincial de Artes Plásticas "Rafael Botí" (Diputación de Córdoba).
Criterios de valoración
Co peso que lles dá a convocatoria. É o que puntúa.
Contemporaneidad, innovación creativa y experimentación técnica
5 ptosQue el proyecto se sitúe en un planteamiento contemporáneo y demuestre innovación creativa y experimentación técnica.
Calidad artística o formativa (originalidad, singularidad y profesionalidad)
6 ptosDemostrar el nivel artístico o formativo del proyecto y del solicitante en términos de originalidad, singularidad y profesionalidad (el currículum aportado es clave).
Aportación a la cultura contemporánea en la provincia de Córdoba y proyección exterior
5 ptosExplicar qué aporta el proyecto al panorama cultural contemporáneo cordobés y cómo se proyecta fuera de la provincia. Es además el criterio de desempate.
Aportación propia a la financiación o colaboración con otras instituciones
4 ptosCuantificar tu aportación económica al proyecto o acreditar la participación colaborativa de otras instituciones o entidades públicas o privadas.
Subvenciones recibidas de la Fundación en los tres últimos años
1 ptosSe otorga automáticamente: 1 punto si no has obtenido ninguna subvención en los tres últimos años, 0,5 puntos si has obtenido una o dos, y 0 puntos si has obtenido tres.
Concurrir por primera vez a la convocatoria
1 ptosSer solicitante nuevo en esta convocatoria; en ese caso no se aplica el criterio 5.1 de subvenciones previas.
O que deixa fóra
Se non cumpres algún, a solicitude inadmítese sen chegar a puntuarse.
- Necesitas ser natural de la provincia de Córdoba o residente en ella (empadronamiento o permiso de residencia); si eres asociación o entidad cultural, al menos alguno de sus miembros debe cumplirlo: "Los solicitantes deberán ser naturales de la provincia de Córdoba o residentes en la misma".
- Si eres asociación, tienes que estar inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones y acreditarlo con la fotocopia de la inscripción.
- Tienes que estar al corriente con la Fundación Rafael Botí y no tener pendiente de justificación subvenciones concedidas anteriormente.
- Solo puedes presentar un proyecto por solicitante: si presentas más, no se admiten.
- Hay nota de corte: si no llegas a 11 de los 21 puntos posibles, no obtienes la ayuda aunque quede presupuesto.
- Quedan excluidas las actividades docentes previstas en los planes de enseñanza vigentes y los equipamientos, así como lo que pueda acogerse a otra convocatoria anual de la Fundación o de la Diputación de Córdoba.
- Si eres persona jurídica, solo puedes presentar la solicitud por el Registro Electrónico de la Fundación (no vale el registro físico).
- La subvención no puede superar el 60 % de tu presupuesto total ni el 6 % del presupuesto de la convocatoria (70.000 €): ajusta la cuantía solicitada.
- Si no comunicas la aceptación de la subvención en el plazo de diez días desde la publicación de la resolución definitiva, se archiva tu solicitud y se te considera desistido.
- Si no subsanas en 10 días tras el anuncio en el Tablón de Edictos de la sede electrónica, se te tiene por desistido: vigila el tablón porque todas las notificaciones se hacen por ahí.
Requisitos
- Ser persona física, gestor cultural, asociación o entidad cultural privada con personalidad jurídica legalmente constituida, individualmente o en grupo.
- Acreditar documentalmente el nacimiento o la residencia en Córdoba o su provincia (empadronamiento o permiso de residencia); en asociaciones y entidades, de alguno de sus miembros.
- Ser natural de la provincia de Córdoba o residente en la misma, acreditable por cualquier medio admitido en Derecho.
- Estar inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones.
- Estar al corriente de obligaciones con la Fundación Rafael Botí y no tener pendiente de justificación subvenciones anteriores.
- Estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Diputación de Córdoba y la Seguridad Social, acreditado mediante declaración responsable incluida en el formulario electrónico.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Que el proyecto desarrolle actividades relacionadas con las artes plásticas y/o visuales de los ámbitos de la Base Primera.
- Presentar un único proyecto por solicitante.
- Alcanzar la puntuación mínima de 11 puntos sobre 21.
- Comunicar la aceptación de la subvención en el plazo de diez días tras la publicación de la resolución definitiva.
- Incluir los logotipos de la Diputación de Córdoba y de la Fundación en toda la publicidad y difundir el proyecto en web y redes sociales: se comprueba en la justificación y condiciona el pago.
Documentación que piden
- Solicitud de subvención con declaración responsable (Anexo I), cumplimentada en Sede Electrónica
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia del acta de elección del solicitante como representante legal o documento que lo acredite fehacientemente
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia del CIF de la asociación o entidad cultural solicitante
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia de los Estatutos
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia de la inscripción en el Registro de Asociaciones
- Personas jurídicas: fotocopia de la Escritura de Constitución o Estatutos de la Sociedad, inscripción en el registro mercantil y código de identificación fiscal
- Proyecto completo y detallado de la actividad, indicando su temporalización
- Presupuesto desglosado de gastos e ingresos de la actividad
- Declaración responsable de reunir los requisitos y de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario (Anexo I)
- Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria, firmada y sellada por la entidad financiera (Anexo II)
- Documento de aceptación de la subvención (Anexo III), tras la resolución definitiva
- Certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, solo si rechazas la consulta de verificación de datos
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A puntuación de cada criterio, o que te deixa fóra e a documentación que piden, sacado do PDF oficial. É gratis, e esta convocatoria quédache gardada.