Subvenciones para gastos corrientes de centros culturales parroquiales
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Subvenciones para gastos corrientes a los centros culturales parroquiales DEL CONCELLO DE REDONDELA, año 2026
Convoca REDONDELA
Para que é
Ayudar a los centros culturales parroquiales del municipio de Redondela a pagar sus gastos corrientes de mantenimiento (luz, agua, combustible, seguro, alquiler, alarma) durante 2026, como forma de facilitar la participación vecinal en las parroquias.
Criterios de valoración
Co peso que lles dá a convocatoria. É o que puntúa.
Centro en el que se desarrollan actividades de modo continuado
14 ptosNúmero de actividades realizadas al año en el centro: 2 actividades = 4 puntos; de 3 a 4 = 8 puntos; 5 o más = 14 puntos. Se acredita con la memoria del Anexo II (una actividad por casilla, con descripción y duración). No cuentan las actividades con contenido o publicidad sexista, discriminatoria o que banalice la violencia de género.
Uso del centro por asociaciones o entidades de la parroquia para asambleas
13 ptosNúmero de asociaciones o entidades distintas de la solicitante que han usado el centro en 2026 para asambleas generales o de junta directiva: 2 asociaciones = 4 puntos; de 3 a 4 = 8 puntos; más de 4 = 13 puntos. Se acredita en el Anexo II indicando entidad, finalidad y fecha de la reunión.
Composición de la junta directiva (paridad)
8 ptosPorcentaje de mujeres en la junta directiva: 20% o menos = 2 puntos; más del 20% y menos del 40% = 4 puntos; 40% o más = 8 puntos. Se acredita con la certificación de secretaría con la relación de miembros y el desglose por género del Anexo II.
O que deixa fóra
Se non cumpres algún, a solicitude inadmítese sen chegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla los centros culturales parroquiales situados dentro del término municipal de Redondela: si tu entidad no está en Redondela, no te presentes.
- Necesitas estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Redondela con una antigüedad mínima de 1 año.
- Tienes que tener el domicilio social y el ámbito de actuación en el Ayuntamiento de Redondela y desarrollar allí tu actividad principal.
- Tienes que ser entidad sin ánimo de lucro y estar legalmente constituida y debidamente legalizada al finalizar el plazo de solicitudes.
- Necesitas contar con una sede o local público de tu titularidad, alquilado o cedido por el ayuntamiento, abierto todo el año como centro de reunión vecinal.
- Debes tener justificadas las subvenciones de convocatorias anteriores (o prórroga aprobada o renuncia por escrito); si no, quedas fuera.
- El centro debe reunir al menos dos de los tres requisitos que definen un centro cultural parroquial (uso abierto a la vecindad, reuniones de entidades de la parroquia, actividades durante todo el año).
- Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones concedidas por el propio Ayuntamiento de Redondela para la misma finalidad.
- La solicitud solo se puede presentar por medios electrónicos en la sede electrónica de Redondela; y el plazo es muy corto: 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP.
- No se admiten gastos ya subvencionados en el mismo ejercicio por otras convocatorias o convenios del Ayuntamiento de Redondela.
Requisitos
- Ser una entidad sin ánimo de lucro.
- Estar inscrita en el registro municipal de asociaciones de Redondela con al menos 1 año de antigüedad.
- Desarrollar actividades para toda la vecindad de forma permanente durante el año.
- Tener justificadas las subvenciones de convocatorias anteriores, o prórroga aprobada, o renuncia presentada por escrito.
- Tener el domicilio social y el ámbito de actuación en el Ayuntamiento de Redondela.
- Contar con una sede o local público propio, alquilado o cedido por el ayuntamiento, abierto todo el año como centro de reunión y de actividades.
- Estar legalmente constituida.
- Ser un centro cultural parroquial situado dentro del término municipal de Redondela.
- Reunir al menos dos de los requisitos que definen un centro cultural parroquial (uso abierto a la vecindad, sede de reuniones de entidades de la parroquia, actividades todo el año).
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007 de Subvenciones de Galicia.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatal, autonómica y municipal) y con la Seguridad Social.
- Publicar en lengua gallega toda la producción escrita, carteles y publicidad de las actividades subvencionadas.
Documentación que piden
- Anexo I: solicitud de subvención con el detalle de conceptos e importes de gasto a subvencionar
- Anexo II: memoria para valoración certificada por la secretaría (actividades, uso del centro por otras entidades y composición por género de la junta directiva)
- Anexo III: declaración responsable
- Anexo IV: declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas
- Copia del CIF de la entidad solicitante (o declaración de haberlo presentado en años anteriores sin modificación)
- Copia del NIF del representante legal (o declaración de haberlo presentado en años anteriores sin modificación)
- Certificación de la secretaría de la entidad con la relación de miembros de la junta directiva actual
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, Hacienda del Estado y Hacienda de la Xunta, si no se autoriza al ayuntamiento a obtenerlos
- En la justificación: Anexo V (solicitud de justificación), Anexo VI (relación clasificada de gastos), Anexo VII (declaración de otras ayudas) y Anexo VIII (declaraciones responsables)
- En la justificación: facturas escaneadas de los originales y justificantes bancarios del pago
- En la justificación: certificado de cuenta bancaria de la entidad solicitante
- En la justificación del seguro: copia del recibo con el período de cobertura y copia de la póliza con la dirección del local asegurado
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social si la subvención concedida supera los 3.000,00 €
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A puntuación de cada criterio, o que te deixa fóra e a documentación que piden, sacado do PDF oficial. É gratis, e esta convocatoria quédache gardada.