Subvenciones a asociaciones benéficas
Veure el nom oficial
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para Asociaciones Benéficas
Convoca VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN
Per a què és
Regular el procedimiento de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran en 2026 a Asociaciones Benéficas, para financiar los gastos necesarios para su mantenimiento o para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto (apoyo a personas afectadas por enfermedad, discapacidad o extrema necesidad), en régimen de concurrencia competitiva.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
Incidencia de las actividades en la población del municipio de Valle de Trápaga-Trapagaran
Hasta 20 puntos (5 o menos personas: 5 puntos; entre 6 y 10: 10; entre 11 y 15: 15; 16 o más: 20)
Tienes que demostrar cuántas personas empadronadas en el municipio son socias de la asociación o han recibido ayuda y/o asesoramiento por su parte: a más personas empadronadas atendidas o asociadas, más puntos.
Grado de colaboración con el Departamento Municipal de Igualdad y Acción Social
Hasta 70 puntos (atención ocasional de casos derivados: 40 puntos; atención habitual: 70 puntos)
Tienes que acreditar que atiendes casos derivados por los servicios sociales municipales, y si esa atención es ocasional o habitual.
Uso del euskera en las actividades desarrolladas
Hasta 20 puntos (solicitud completa o mayoritariamente en euskera: 10 puntos; parte minoritaria: 5; página web: 5; otras actuaciones con el Departamento de Igualdad y Acción Social: 5). Solo se aplica si has obtenido algún punto en los apartados 7.1 y 7.2
Tienes que demostrar uso del euskera: en la propia solicitud (total o parcial), en la página web de la entidad y en otras actuaciones realizadas con el Departamento de Igualdad y Acción Social.
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes pedirla si eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro constituida con el fin de apoyar a personas afectadas por enfermedad, discapacidad o extrema necesidad.
- Tienes que estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente del Gobierno Vasco o Municipal (o en ambos).
- Tienes que desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia.
- Tus estatutos deben recoger expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro.
- Necesitas poder acreditar documentalmente que estás al corriente de tus obligaciones fiscales (incluidas las del propio Ayuntamiento) y de Seguridad Social antes de la resolución de concesión.
- Quedas fuera si estás incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas anteriormente.
- Tienes un mes para presentar la solicitud, contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.B.
- Si no subsanas los defectos de la solicitud en 10 días hábiles, se te tiene por desistida.
- Los puntos por uso del euskera (apartado 7.3) solo se te dan si antes obtienes algún punto en los apartados 7.1 y 7.2.
- Si pides equipamiento y/o mobiliario, no podrás pedir ayuda por ese mismo concepto en los cuatro años siguientes a esta convocatoria.
- En la justificación tienes que justificar el 100 % del presupuesto presentado, no solo la cantidad concedida por el Ayuntamiento.
Requisits
- Ser una asociación sin ánimo de lucro constituida con el fin de prestar apoyo a personas afectadas por situaciones de enfermedad, discapacidad o extrema necesidad.
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal, o en ambos.
- Desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia.
- Que tus estatutos recojan expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro.
- Acreditar documentalmente ante el Registro del Ayuntamiento que estás al corriente de tus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.
- No estar incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones previamente concedidas.
- No estar sancionada penal ni administrativamente por discriminación por razón de sexo ni por infracciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
- Usar el euskera o conjuntamente el euskera y el castellano en los carteles, textos y documentos de promoción, con lenguaje e imágenes no sexistas, e incluir obligatoriamente el logo del Ayuntamiento.
- Comunicar al Ayuntamiento la celebración de las actividades subvencionadas con un mínimo de 15 días de antelación.
Documentació que demanen
- Anexo I (solicitud) debidamente rellenado y firmado, y tantos ejemplares como actividades o programas se desee realizar a lo largo del año, debidamente firmados
- Declaración responsable según modelo correspondiente (Anexo III)
- Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud (solo si se opone a la consulta por el Sistema de Intermediación de Datos o si no obra ya en poder del Ayuntamiento)
- Fotocopia del NIF de la asociación (si no estuviera ya aportada en el Ayuntamiento o en caso de oposición a la consulta)
- Fotocopia de los estatutos de la entidad y documento que acredite estar legalmente constituida y registrada en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco (si no estuvieran ya aportados)
- Datos de la cuenta bancaria (entidad, IBAN, titular y DNI) en solicitudes nuevas o modificaciones
- Documentación complementaria que el Ayuntamiento requiera para la valoración de conjunto del proyecto
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La puntuació de cada criteri, el que et deixa fora i la documentació que demanen, extret del PDF oficial. És gratis, i aquesta convocatòria et queda desada.