Subvenciones de funcionamiento de entidades ciudadanas del Distrito Sur
Veure el nom oficial
Resolución nº5357 de la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Sur de 12/08/2026, aprobando convocatoria pública del Ayuntamiento de Sevilla para el otorgamiento de subvenciones para gastos de funcionamiento de Entidades Ciudadanas de Distrito Sur
Convoca SEVILLA
Per a què és
Financiar parte de los gastos corrientes de funcionamiento (alquiler de sede, luz, teléfono e internet) de las Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro adscritas al Distrito Sur de Sevilla, para fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana durante 2026.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
Actividades realizadas por la entidad y variedad de campos abarcados
3 ptsQue documentes en la memoria de actividades de 2026 las actividades realizadas (formativas, voluntariado, culturales y de ocio, divulgativas, atención a mayores, medioambientales…), su representatividad y el grado de interés o utilidad de sus fines: 0,50 puntos por cada actividad suficientemente documentada, hasta 3 puntos.
Importe de la ayuda solicitada válidamente
2 ptsSe puntúa según la cuantía válidamente acreditada con facturas durante la instrucción: 0 puntos menos de 200 €; 0,5 entre 201 y 400 €; 1 entre 401 y 600 €; 1,50 entre 601 y 800 €; 2 puntos entre 801 y 1.000 €.
Peso de la ayuda solicitada sobre el presupuesto de gastos de la entidad
2 ptsCuanto menor sea el porcentaje que representa la ayuda sobre tu presupuesto de gastos desglosado de 2026, más puntos: 2 puntos si es menos del 2,5 %; 0 puntos si supera el 15,1 %. Se acredita con el presupuesto de ingresos y gastos sellado y firmado.
Participación en órganos municipales de participación del Distrito Sur
2 ptsSer miembro del Consejo de Participación Ciudadana (1 punto) o de la Junta Municipal de Distrito (2 puntos); si perteneces a ambos, 2 puntos. Hay que indicarlo en la solicitud y el Ayuntamiento lo comprueba.
Ubicación de la sede social de la entidad
1 pts1 punto si la sede está dentro del Polígono Sur (Zona Especial de Atención) según las delimitaciones del Servicio de Estadística; 0 puntos en otras zonas del Distrito.
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Tu entidad tiene que tener el domicilio social (sede) o una delegación territorial ubicada en el ámbito territorial del Distrito Sur de Sevilla; si el domicilio del Registro y el de la solicitud no coinciden, manda el del Registro.
- Necesitas estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, en el ámbito territorial del Distrito Sur, ya en la fecha de presentación de solicitudes, y mantenerlo durante el ejercicio de la concesión.
- Tienes que ser una Entidad Ciudadana sin ánimo de lucro: quedan fuera las entidades cuyos fines sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso.
- Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad o gasto: si ya cobras otra ayuda por esas facturas, no puedes pedirla.
- Solo valen facturas del periodo del 1 de enero al 31 de agosto de 2026; las de otro periodo no se computan.
- Si el importe válidamente acreditado con facturas es inferior a 100 euros, no puedes recibir subvención (el máximo es 1.000 euros).
- El plazo es del 1 al 20 de septiembre de 2026 y solo por sede electrónica, comunicando además la presentación el mismo día por correo a admon.distritosur@sevilla.org; solo se admiten solicitudes en tiempo y forma.
- No puedes tener deudas: hay que estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Sevilla, y no tener obligaciones pendientes de reintegro.
Requisits
- Ser Entidad Ciudadana sin ánimo de lucro adscrita al Distrito Sur, con domicilio social o delegación territorial en el ámbito territorial del Distrito Sur
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, en el ámbito territorial del Distrito Sur, desde la presentación de solicitudes y mantenerlo durante el ejercicio de la concesión
- Tener por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla y que sus fines no sean exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos
- No estar incursa en las causas de prohibición para percibir subvenciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones ni en las de los apartados 5 y 6 del art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento de Sevilla y la Seguridad Social
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones es causa de exclusión
- No haber solicitado ni obtenido otra subvención concurrente o de naturaleza similar para los mismos gastos de funcionamiento
Documentació que demanen
- Solicitud según modelo (Anexo I), firmada y sellada por quien ostente la representación legal
- Memoria/Programa de actividades del año 2026 (fines, actuaciones, ámbito de actuación, número de socios actuales, proyectos futuros)
- Presupuesto equilibrado de ingresos y gastos de la entidad para 2026, desglosado, sellado y firmado por persona legitimada
- Relación detallada de las copias de las facturas de gastos y conceptos subvencionables giradas contra la entidad (Anexo II), más las copias de facturas
- Contrato de alquiler y documentos de pago de las mensualidades, si se justifican gastos de alquiler
- Declaración del representante legal de que el consumo de telefonía e internet es imprescindible para el funcionamiento de la entidad
- Declaración responsable de autenticidad e integridad de las facturas presentadas en formato electrónico
- Acreditación de representatividad expedida por el Secretario/a de la entidad (Anexo III) con fotocopia del NIF de la persona solicitante
- Copia del C.I.F. de la asociación o entidad (si se solicita por primera vez o se hubiera modificado)
- Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
- Certificado en vigor de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo (Anexo IV)
- Declaración responsable de no concurrir las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003 (Anexo IV)
- En caso de obtener subvención: aceptación de la ayuda y certificado bancario con IBAN a nombre de la entidad (Anexo V)
Crea un compte per veure tots els criteris i requisits
La puntuació de cada criteri, el que et deixa fora i la documentació que demanen, extret del PDF oficial. És gratis, i aquesta convocatòria et queda desada.