Programas de formación para desempleados y ocupados
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CONVOCATORIA 2027-2028 ANTICIPADA DE GASTO PROGRAMAS DE FORMACIÓN CONDUCENTES DESEMPLEADOS Y OCUPADOS
Convoca PRINCIPADO DE ASTURIAS
Para qué es
Financiar programas de formación conducentes a la obtención de certificados profesionales (grados B y C) en el Principado de Asturias, dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas (Línea 1) y ocupadas (Línea 2), para mejorar su empleabilidad mediante la adquisición de competencias profesionales demandadas en el mercado de trabajo.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
Ejecución económica del programa
30 ptsGrado de ejecución real de los fondos concedidos en convocatorias anteriores: importe ejecutado dividido entre importe concedido, tomando la mejor puntuación entre las convocatorias 2023/2024 y 2024/2025 y aplicando coeficiente corrector (1,00 si la ejecución fue en las mismas líneas del SEPEPA; 0,65 si fue fuera del SEPEPA). Entidades sin ejecución obtienen 12 puntos, o 15/14 si acreditan un plan de compromiso de contratación o formación a la carta efectivo.
Ejecución de acciones formativas
10 ptsCapacidad demostrada de ejecutar las acciones comprometidas: acciones realizadas frente a acciones concedidas, mejor puntuación entre 2023/2024 y 2024/2025, con coeficiente corrector territorial. Sin ejecución, 5 puntos.
Satisfacción del alumnado y del personal técnico
10 ptsCalidad percibida según cuestionarios normalizados de los cursos finalizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, ponderando 0,7 la valoración del alumnado y 0,3 la técnica. Sin datos de satisfacción, 3 puntos.
Inserción laboral (solo Línea 1)
5 ptsPorcentaje de alumnado insertado (alta en Seguridad Social de al menos 30 días en los seis meses siguientes al fin del curso) sobre el total formado en cursos finalizados en 2025, por tramos: ≥50 % da 5 puntos y <10 % da 0. Sin acciones o sin acreditar inserción, 1 punto.
Abandono del alumnado
5 ptsPorcentaje de abandono sobre el total de alumnado en los dos años anteriores al periodo de solicitud, por tramos: 0-9,99 % da 5 puntos y más del 50 % da 0.
Igualdad
3 ptsAcreditación documental de políticas de igualdad: distintivo de excelencia 3 puntos, plan certificado 2, plan publicado 1, sin plan 0. No es sumatorio.
Discapacidad
2 ptsAcreditar personas con discapacidad en plantilla sin obligación legal (menos de 50 trabajadores) o por encima del porcentaje legal (50 o más trabajadores), con compromiso de mantenerlo hasta el fin del programa, mediante declaración responsable, certificados de discapacidad, ITA e Informe de Vida Laboral de la Empresa.
Peso específico por familia
10 puntos en Línea 1 y 15 puntos en Línea 2
Grado de concentración del programa medido como número de familias profesionales dividido entre número de acciones formativas solicitadas: la máxima puntuación se obtiene con ratio ≤0,25 y la mínima con ratio superior a 0,55.
Adecuación a especialidades prioritarias
15 ptsProporción de acciones formativas en especialidades prioritarias sobre el total de acciones solicitadas, multiplicada por 15.
Fomento de especialidades prioritarias no programadas
10 ptsSolicitar especialidades prioritarias que no fueron subvencionadas en la convocatoria anterior y que siguen siendo prioritarias según el Anexo III actualizado en Trabajastur: dos puntos por cada especialidad distinta, hasta diez puntos por entidad o agrupación.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla centros y entidades de formación acreditadas e inscritas en el Registro de Entidades de Formación para las acciones formativas que solicites, en la modalidad correspondiente (presencial, virtual o semipresencial), y ya en el momento de presentar la solicitud.
- Necesitas disponer de instalaciones acreditadas e inscritas en el territorio del Principado de Asturias que permitan impartir las acciones formativas solicitadas.
- Si a fecha de fin del plazo de solicitudes alguno de tus centros está de baja en esos registros, quedas excluida, sea cual sea la causa.
- Los centros de la red pública quedan fuera de esta convocatoria (Disposición Adicional Segunda del RD 694/2017).
- Las agrupaciones solo pueden concurrir en la Línea 2; en la Línea 1 tienes que presentarte sola.
- Solo se admite una solicitud por entidad y línea; si constan varias se te requerirá que elijas y, si no eliges, se admite la de registro más reciente.
- La solicitud debe presentarse telemáticamente y dentro de plazo: las presentadas fuera de plazo no se admiten a trámite y no hay subsanación posible.
- La documentación técnica que suba puntuación debe estar presentada antes de que acabe el plazo: lo aportado después no se valora si aumenta la puntuación.
- Si pides más de 30.000 euros y eres entidad con ánimo de lucro sujeta a la Ley 3/2004, tienes que acreditar el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores.
- No puedes subcontratar la ejecución de las acciones formativas ni concertar con terceros la programación y coordinación de la formación.
- Si concurres en agrupación (Línea 2), la existencia de una prohibición en cualquiera de sus miembros impide a toda la agrupación ser beneficiaria.
Requisitos
- Ser centro o entidad de formación pública o privada acreditada e inscrita en el Registro de Entidades de Formación para las acciones formativas solicitadas, en la modalidad correspondiente, en el momento de presentar la solicitud.
- Disponer en Asturias de instalaciones debidamente acreditadas e inscritas para impartir las acciones solicitadas.
- Mantener la acreditación o inscripción registrada y actualizada en la aplicación informática, de modo que puedas presentar la solicitud en tiempo y forma.
- Si imparte en modalidad virtual, estar acreditada ante el SEPEPA en el registro autonómico competente para los certificados profesionales.
- Contar con el 60 % del equipo docente que cumpla los requisitos académicos del artículo 168.1.a) del RD 659/2023, y que también los cumpla la persona de la dirección académica.
- Que los centros donde se imparta la formación sean accesibles conforme a la normativa de derechos de las personas con discapacidad.
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis de la Ley General de Subvenciones, acreditándolo mediante declaración responsable.
- No haber sido excluida del acceso a beneficios por infracciones del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, y no ser deudora de la Hacienda del Principado de Asturias.
- Si concurres en agrupación (solo Línea 2), cada entidad debe ejecutar al menos el 10 % de su compromiso de ejecución presupuestario aprobado, nombrar representante único y comprometerse a no disolverse.
- Respetar el mínimo de presencialidad del programa: al menos el 80 % de las acciones en la Línea 1 y el 25 % en la Línea 2.
- No superar con la suma total de solicitudes tu mayor volumen anual de facturación y gestión de actividades de formación de los tres últimos ejercicios.
- No exceder la capacidad máxima anual de 1.500 horas de formación por aula acreditada, acreditándolo con declaración responsable.
Documentación que piden
- Formulario normalizado de solicitud por línea, firmado por el representante o representantes legales
- Documentación que acredite las facultades de representación del firmante
- Tarjeta de identificación fiscal (TIF) de la entidad y autorización para verificación de datos de identidad (o fotocopia del DNI)
- Estatutos de la entidad debidamente legalizados (salvo que ya se presentaran en la convocatoria anterior sin variaciones); si es persona física, declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
- Solo Línea 2 con agrupación: apoderamiento del representante de la agrupación
- Solo Línea 2 con agrupación: documento de compromiso de ejecución para entidades asociadas o agrupadas (Anexo V) firmado por cada integrante
- Identificación de la persona que ocupe la dirección académica con documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 168.1 a) del RD 659/2023
- Ficha de acreedor debidamente cumplimentada (si hay cambio de cuenta bancaria, primera solicitud o no haber obtenido antes subvención del Principado)
- Declaración responsable sobre justificación de subvenciones anteriores, otras subvenciones obtenidas, estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no ser deudora, no incurrir en el artículo 13 LGS y no haber sido excluida por infracciones en el orden social
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 (certificación de la entidad o de auditor inscrito en el ROAC), cuando resulte de aplicación
- Declaración responsable de que el 60 % del equipo docente cumple los requisitos del artículo 168.1 a) del RD 659/2023
- Programa de Formación en modelo normalizado generado por la aplicación y firmado por la persona representante
- Información y documentación relativa a los criterios de valoración técnica conforme al Anexo I
- Informe de Trabajadores en Alta (ITA) de la entidad obtenido en fecha comprendida dentro del plazo de solicitud
- Declaración responsable del uso anual de todas las aulas (capacidad máxima de 1.500 horas por aula)
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