Subvenciones a asociaciones vecinales para proyectos y actividades
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LOS PROYECTOS Y/O ACTIVIDADES A REALIZAR POR LAS ASOCIACIONES VECINALES DE GETAFE EN EL AÑO 2026
Convoca GETAFE
Para qué es
Financiar proyectos y/o actividades de las asociaciones vecinales de Getafe que mejoren la vida en los barrios, fomentando la implicación activa de la ciudadanía, el fortalecimiento del tejido comunitario y el asociacionismo vecinal, en el año 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
Representatividad: número de personas socias (criterio de entidad)
2 ptsSe comprueba de oficio en el Registro Municipal: 0,5 puntos por cada 25 personas socias hasta 2 puntos; las entidades con menos de 25 socias reciben 0,25 puntos. Mantén tus datos de socios actualizados en el Registro.
Antigüedad de la entidad (criterio de entidad)
2 ptsSe toma la fecha de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas y se comprueba de oficio: 0,5 puntos por cada 5 años, hasta 2 puntos; menos de 5 años, 0,25 puntos.
Capacidad económica de la entidad (criterio de entidad)
2 ptsSe valora el presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante: 0,25 puntos por cada 500 euros, hasta 2 puntos; con presupuesto inferior a 500 euros, cero puntos.
Especialización o experiencia de la entidad en el proyecto y conocimiento del colectivo destinatario
4 ptsDemostrar trayectoria consolidada y continuada en proyectos similares (incluidos proyectos municipales bien ejecutados) para llegar a 4 puntos; experiencia puntual, 2 puntos; iniciativas incipientes con conocimiento del ámbito, 1 punto; sin experiencia acreditada, 0.
Calidad técnica y viabilidad del proyecto
30 ptsAnálisis de necesidades detectadas, planificación, temporalidad, adecuación metodológica, idoneidad y procedimientos de coordinación y autoevaluación. Nivel bajo hasta 5 puntos, medio hasta 15, alto hasta 30.
Eficacia y eficiencia
30 ptsPertinencia de los objetivos, recursos económicos y personales asignados, concordancia con los objetivos generales y específicos y colaboración con otras entidades. Grado bajo hasta 5 puntos, medio hasta 15, alto hasta 30.
Participación comunitaria y número de destinatarios
30 ptsMide cualitativa y cuantitativamente la implicación de la ciudadanía en el proyecto y los destinatarios directos. Grado de implicación bajo hasta 5 puntos, medio hasta 15, alto hasta 30.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla asociaciones de vecinas y vecinos de Getafe: si no eres asociación vecinal del municipio, no entras.
- Tienes que estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, con tus datos actualizados, en el momento de apertura del plazo de solicitudes.
- Debes estar al corriente con el Ayuntamiento de Getafe, la AEAT y la Seguridad Social; el requisito se comprueba a la finalización del plazo de presentación de instancias, así que revisa antes que no tienes deudas pendientes.
- No puedes tener deudas con el Ayuntamiento por reintegro de subvenciones en período ejecutivo.
- Solo puedes presentar UNA única solicitud que incluya todas las actuaciones.
- No puedes presentar el mismo proyecto a otras convocatorias de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe del ejercicio 2026.
- Necesitas al menos 50 puntos en total para poder ser beneficiaria.
- No se valoran proyectos con actividades de carácter permanente ni las actividades generales de la entidad: tiene que ser un proyecto concreto con coste estimable.
- El techo es de 3.000 € por proyecto o actividad, con un total de convocatoria de 20.000 €.
- Si tienes profesionales o voluntarios en contacto habitual con menores, debes disponer de las certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Requisitos
- Ser asociación de vecinas y vecinos de Getafe que desarrolle proyectos y/o actividades en defensa de los intereses generales o sectoriales del vecindario de Getafe.
- Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, con los datos actualizados.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, la AEAT y la Seguridad Social.
- No tener deudas con el Ayuntamiento de Getafe por reintegro de subvenciones en período ejecutivo.
- Disponer de las certificaciones negativas del Registro Central de Delincuentes Sexuales del personal y voluntariado con contacto habitual con menores.
- No hallarse incursa en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Presentar una sola solicitud que recoja todas las actuaciones subvencionables.
- No haber presentado ni presentar el mismo proyecto a otras convocatorias de subvenciones del Ayuntamiento de Getafe para 2026.
- Presentar un proyecto concreto de actuaciones específicas, no actividades generales ni de carácter permanente, y que permita estimar el coste.
- Obtener un mínimo de 50 puntos en la valoración.
Documentación que piden
- Anexo I: Solicitud de subvención
- Anexo II: Proyecto para el que se solicita subvención, con presupuesto firmado por el representante legal y descripción de todas y cada una de las actividades concretas
- Anexo III: Certificado de la Secretaría de la entidad acreditativo de la representación de la persona firmante, de la composición de la Junta Directiva y de las características sustanciales de la entidad
- Anexo IV: Declaración responsable del representante legal (no incurrir en prohibiciones del art. 13.2 y 13.3 LGS, estar al corriente de obligaciones, otras ayudas solicitadas o concedidas y no presentar el mismo proyecto a otras convocatorias municipales de 2026)
- Fotocopia del NIF de la persona jurídica solicitante
- Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud
- Fotocopia de los Estatutos de la entidad (si no obran ya en poder del Ayuntamiento)
- Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal
- Certificaciones de la AEAT y de la Seguridad Social de estar al corriente, si el importe solicitado supera 3.000 €
- Impreso de Comunicación de Datos Bancarios (TES-COMCCC) si no están comunicados a la Tesorería Municipal o han cambiado
- Declaración responsable de imposibilidad de presentación telemática, solo si se presenta presencialmente sin certificado digital
Crea una cuenta para ver todos los criterios y requisitos
La puntuación de cada criterio, lo que te deja fuera y la documentación que piden, sacado del PDF oficial. Es gratis, y esta convocatoria te queda guardada.