Planes de formación en diálogo social para sindicatos
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CONVOCATORIA PLANES FORMACIÓN DIÁLOGO SOCIAL SINDICALES - DSS 2026
Convoca COMUNIDAD DE MADRID
Para qué es
Financiar planes de formación dirigidos a la capacitación de personas vinculadas a organizaciones sindicales y asociaciones empresariales representativas para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid, para el año 2026, con un presupuesto total de 1.625.000 € en régimen de concurrencia competitiva.
Quién la ganó
- entidades ganadoras
- 2
- del tercer sector
- 100 %
- importe mediano
- 389.928 €
En 2025, 2 entidades ganaron esta ayuda; el 100 % eran entidades del tercer sector. Importe mediano: 389.928 €. Tenemos las concesiones de 2 ediciones, entidad por entidad y con su importe.
Crea tu cuenta y mira quién la ganóCriterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
Representatividad de las organizaciones solicitantes
70 ptsTu grado de representatividad. En sindicatos se pide de oficio a la Dirección General de Trabajo; en asociaciones empresariales se acredita con certificado del representante legal con el número de empresas y trabajadores respecto del total de la Comunidad de Madrid (media aritmética, con datos del DIRCE del INE y afiliación a la Seguridad Social). Dentro de cada tipo de plan y de organización, 70 puntos a quien tenga mayor representatividad y reducción proporcional para el resto.
Planteamiento general, diseño y contenido del plan — Coherencia formativa: diseño del plan y capacidad de respuesta a las necesidades del colectivo destinatario
10 ptsQue presentes planificación del plan de formación (cronograma, materiales e instrumentos) y mecanismos para asegurar el resultado del aprendizaje: 0 puntos si no hay planificación, 5 si la hay, y 10 si además aportas una memoria que explique cómo responde el plan a las necesidades de formación identificadas para el colectivo destinatario.
Planteamiento general, diseño y contenido del plan — Coherencia formativa: capacidad técnica de la entidad
10 ptsEl volumen previsto de actividades y participantes: 2,5 puntos de 1 a 5 actividades con hasta 100 participantes; 5 puntos de 1 a 5 actividades con más de 100; 7,5 puntos más de 5 actividades con hasta 100; 10 puntos más de 5 actividades con más de 100 participantes.
Planteamiento general, diseño y contenido del plan — Adecuación de los criterios para determinar los resultados esperados y la satisfacción de los alumnos
10 ptsTipología, variedad y complejidad de los mecanismos de seguimiento de los resultados esperados (evaluaciones, quién evalúa, momentos, frecuencia y medios) y de medición de la satisfacción del alumnado: 0 puntos si no incorporas ninguno, 5 si incorporas uno de los dos y 10 si incorporas ambos.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes presentarte si eres una de las entidades del artículo 4 de la Orden de 15 de noviembre de 2019: en la práctica, organizaciones sindicales y asociaciones empresariales (o fundaciones y otras entidades constituidas por éstas) representativas en la Comunidad de Madrid.
- Tienes que acreditar un nivel de representatividad que te legitime para ostentar la representación institucional ante la Administración de la Comunidad de Madrid, formando parte del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid (Decreto 21/2017).
- Si tu plan incluye en exclusiva actividades de negociación colectiva, tienes que acreditar la legitimación para la negociación colectiva sectorial en un ámbito geográfico y funcional de la Comunidad de Madrid (artículo 87.2 y 87.3 del Estatuto de los Trabajadores). No vale la simple certificación del número de trabajadores, empresas o representantes.
- Solo puedes presentar una solicitud y con un único plan de formación: si presentas dos, solo se tiene en cuenta la primera.
- No pidas más del tope: 390.000 € si eres organización sindical y 650.000 € si eres asociación empresarial en planes del art. 6.1.a), y 60.000 € en planes del art. 6.1.b). Las solicitudes que superen esos límites se desestiman.
- Necesitas al menos 25 puntos: no se financian los planes que obtengan menos de 25 puntos en la valoración.
- El plazo es de solo 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCM; las solicitudes fuera de plazo se desestiman por resolución expresa.
- Todas las actividades formativas tienen que realizarse en la Comunidad de Madrid.
- Las actividades no pueden dirigirse específicamente al ámbito de la Administración Pública.
- La presentación es obligatoriamente electrónica por la aplicación SFOC y el Registro Electrónico General, con certificado electrónico reconocido, y tienes que estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
- Lo que aportes después de cerrar el plazo no se tendrá en cuenta para la valoración técnica si supone aumentar tu puntuación: la solicitud se valora con la información que tenga al finalizar el plazo.
- Si no comunicas el inicio de cada actividad formativa con al menos 5 días hábiles de antelación en SFOC, la actividad se tendrá por no realizada.
Requisitos
- Ser una de las entidades beneficiarias contempladas en el artículo 4 de la Orden de 15 de noviembre de 2019 de disposiciones generales.
- Aportar documentación acreditativa de la participación en el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad de Madrid y acreditar un nivel de representatividad que legitime para ostentar la representación institucional ante la Administración de la Comunidad de Madrid.
- Formar parte del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid.
- Si el plan incorpora en exclusiva actividades de negociación colectiva, acreditar la legitimación para la negociación colectiva sectorial en un ámbito geográfico y funcional de la Comunidad de Madrid.
- Presentar una sola solicitud, con un único plan de formación.
- No superar los límites de importe solicitado establecidos para cada tipo de plan y de entidad.
- Realizar todas las actividades formativas en la Comunidad de Madrid.
- Las actividades formativas no pueden dirigirse específicamente al ámbito de la Administración Pública.
- Cumplir los requisitos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 para obtener la condición de beneficiario, mediante declaración responsable suscrita en la solicitud.
- Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales del artículo 16 de la Ley 31/1995, y acreditarlo antes del cobro de la subvención.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
- Estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid y disponer de certificado electrónico reconocido para presentar la solicitud.
- Alcanzar al menos 25 puntos en la valoración de la solicitud.
- Los participantes deben cumplimentar la solicitud de participación del Anexo IV para poder ser incluidos en una actividad formativa.
Documentación que piden
- Formulario electrónico específico de solicitud de subvención (aplicación SFOC), con las declaraciones responsables: cumplimiento del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, realización del plan de prevención de riesgos laborales, concurrencia de otras ayudas con el mismo objeto y compromiso de comunicar otras solicitudes
- Plan de formación para el que se solicita la ayuda, con planteamiento general, relación de actividades formativas y justificación, diseño y contenidos, objetivos, resultados esperados, metodología, sistema de evaluación, costes de las actividades y otras actividades sin coste adicional
- Documentación acreditativa de las facultades de representación del firmante de la solicitud y de las declaraciones responsables
- Copia de la documentación de constitución de la entidad solicitante y estatutos debidamente legalizados e inscritos en el registro correspondiente
- Bastanteo del poder del representante para solicitar ayudas y subvenciones públicas, emitido por los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid, y copia de los documentos aportados a los Servicios Jurídicos para el bastanteo
- Certificado actualizado con el número de empresas y trabajadores con los que cuenta, firmado digitalmente por el representante legal (organizaciones empresariales o fundaciones y otras entidades constituidas por éstas)
- Memoria explicativa del planteamiento general, diseño y contenido del plan de formación, incluyendo la coherencia formativa y la adecuación de los criterios de resultados esperados y satisfacción del alumnado
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario (apartado octavo)
- Certificados de estar al corriente con la AEAT y/o la Seguridad Social, si no se autoriza u se opone a su consulta de oficio
- Solicitud de participación de los destinatarios finales (Anexo IV)
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La puntuación de cada criterio, lo que te deja fuera y la documentación que piden, sacado del PDF oficial. Es gratis, y esta convocatoria te queda guardada.