Ayudas al empleo mediante cooperación con entidades sin ánimo de lucro
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ORDEN del 9 de septiembre de 2026 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en colaboración con las entidades sin ánimo de lucro para agentes de empleo
Convoca GALICIA
Para qué es
Financiar acciones de fomento del empleo en colaboración con entidades sin ánimo de lucro prestatarias de servicios sociales, mediante subvenciones para contratar en 2026 (o prorrogar la contratación concedida en 2025) agentes de empleo y unidades de apoyo que dinamicen el empleo de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social en Galicia (procedimiento TR352B).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
Prórroga de contrataciones con ayuda concedida en 2025
15 ptsQue solicites la prórroga de una contratación cuya ayuda se te concedió en la convocatoria de 2025.
Nivel de inserción laboral de las personas contratadas (contratación indefinida)
10 ptsQue acredites contratación indefinida de los agentes de empleo y unidades de apoyo (10 puntos); la contratación temporal obtiene 5 puntos.
Ámbito de actuación superior al municipal
5 ptsQue el proyecto tenga alcance territorial amplio: autonómico 5 puntos, pluriprovincial 4, provincial 3, comarcal 2 y municipal 1.
Apoyo a proyectos empresariales consolidados o inserción laboral lograda
10 ptsQue acredites haber apoyado más de un proyecto empresarial que se consolidó en empresa y/o que permitió la inserción laboral de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
Antigüedad de la entidad superior a 3 años
5 ptsQue la entidad esté constituida desde hace más de 3 años a la fecha de publicación de la convocatoria.
Eficacia en la gestión y ejecución de proyectos en convocatorias anteriores
5 ptsQue hayas gestionado bien ayudas anteriores; una mala gestión puntúa negativamente, teniendo en cuenta las incidencias en la verificación de ayudas previas imputables a la entidad.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que ser entidad sin ánimo de lucro cuyos estatutos recojan acciones específicas para la inserción de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social; si tus estatutos no lo dicen, quedas fuera.
- Necesitas estar adherida a la RED XATEmprego (https://xatemprego.gal); si es tu primera concesión, tienes un mes desde la notificación de la resolución para solicitar la adhesión.
- Debes tener personalidad jurídica, capacidad de obrar y estar inscrita en el correspondiente registro público.
- Tienes que acreditar capacidad técnica y de gestión: se presume si cumples al menos dos de tres circunstancias (centro de trabajo en Galicia distinto del domicilio particular, conexión telemática, haber contratado por cuenta ajena más de seis meses a alguna persona en los últimos tres años al margen de ayudas de políticas activas de empleo).
- Solo puedes presentar una solicitud por entidad: si presentas varias, solo vale la última y anula las anteriores.
- La solicitud es obligatoriamente electrónica por la sede de la Xunta; si la presentas en papel se te requerirá para enmendarla y contará la fecha de la enmienda.
- El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
- La ayuda es incompatible con otras subvenciones públicas para la misma finalidad procedentes de fondos de políticas activas de empleo.
- No puedes contratar con esta ayuda a personas que ocupen funciones directivas en la entidad, ni a sus cónyuges, ascendientes, descendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado.
- Las personas contratadas como agentes de empleo tienen que haber superado estudios universitarios y ser demandantes de empleo (ocupadas o no) inscritas en el servicio público de empleo de Galicia.
- Debes acreditar que las personas contratadas no están afectas al desarrollo de una actividad económica según la jurisprudencia comunitaria.
- Tienes que justificar antes del 18 de diciembre de 2026: el retraso superior al 100 % del plazo supone la pérdida total del derecho al cobro.
- Si no enmiendas la documentación en el plazo máximo e improrrogable de diez días, se te tiene por desistida de la petición.
Requisitos
- Ser entidad sin ánimo de lucro con acciones específicas en sus estatutos para la inserción de personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, que esté desarrollando actividades de promoción e implantación de políticas activas de empleo
- Estar adherida a la RED XATEmprego y registrar en ella todas las actividades y proyectos desarrollados al amparo de estas ayudas
- Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar inscrita en el correspondiente registro público
- Disponer de capacidad técnica y de gestión suficiente, que se presume si concurren al menos dos de las tres circunstancias previstas
- Acreditar que las personas contratadas no están afectas al desarrollo de una actividad económica conforme a la jurisprudencia comunitaria
- Estar al día en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con la Administración autonómica
- No estar incursa en ninguna causa de inhabilitación para obtener ayudas de la Ley 9/2007
- Disponer de financiación suficiente para sufragar los costes del proyecto que deba asumir la entidad
- Contratar como agentes de empleo a personas con estudios universitarios superados, valorándose la experiencia profesional y los conocimientos extraacadémicos
- Seleccionar a personas demandantes de empleo, ocupadas o no, inscritas en el servicio público de empleo de Galicia, cuando sea necesario realizar proceso de selección
- Formalizar los contratos con las cláusulas específicas de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo y comunicarlos a través de Contrat@
Documentación que piden
- Solicitud en formulario normalizado (Anexo I) presentada electrónicamente y firmada por la persona con representación legal
- Declaración responsable incluida en la solicitud (requisitos de beneficiaria, ausencia de ánimo de lucro, otras ayudas solicitadas o concedidas, capacidad técnica y de gestión, titularidad de la cuenta bancaria, no inhabilitación, no contratación de personas directivas o parientes, veracidad de los datos, etc.)
- Memoria incluida en la solicitud: objetivos perseguidos con la contratación, acciones y actividades a desempeñar por la persona agente de empleo y unidad de apoyo y, en su caso, resumen de los objetivos alcanzados con las ayudas del ejercicio anterior
- Acreditación de la condición de representante de la entidad (apoderamiento, resolución, mandato, certificado de la persona secretaria o acta)
- Escritura pública y/o estatutos de constitución vigentes en que se acredite la ausencia de ánimo de lucro y los fines sociales
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La puntuación de cada criterio, lo que te deja fuera y la documentación que piden, sacado del PDF oficial. Es gratis, y esta convocatoria te queda guardada.