Subvenciones para las agrupaciones de voluntarios de protección civil
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ORDEN del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se regula la convocatoria de subvenciones con destino a las agrupaciones de voluntarios de protección civil para el año 2026.
Convoca ARAGÓN
Para qué es
Financiar a las agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón inscritas en la Red de agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón (RAVPCAR), en la convocatoria para el año 2026, sus gastos de formación, funcionamiento, mantenimiento de sede, material y herramientas especiales de apoyo logístico, con una dotación máxima de 290.000 €.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
Superficie de la comarca o eje (km²)
30 ptsUno de los dos criterios de más peso. No se puntúa nada: se calcula qué porcentaje representa la superficie de la comarca o eje sobre el total de Aragón, y ese porcentaje se multiplica por la cuantía asignada al criterio. Hay 43.500 € asignados a este criterio en cada uno de los dos bloques de gasto (corriente e inversión).
Población (número de habitantes)
30 ptsMismo mecanismo y mismo peso que la superficie: porcentaje de la población de la comarca o eje sobre el total de Aragón, multiplicado por los 43.500 € asignados al criterio en cada bloque. Superficie y población suman el 60 % del reparto y no dependen de la agrupación.
Número de voluntarios
20 ptsEl primero de los dos criterios que sí dependen de la agrupación. 29.000 € asignados en cada bloque, repartidos por el porcentaje que representan los voluntarios de la comarca sobre el total de Aragón.
Servicios preventivos y de emergencias realizados
20 ptsEl otro criterio que refleja la actividad real de la agrupación, también con 29.000 € asignados en cada bloque y el mismo cálculo por porcentaje.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes pedirla si tu agrupación de voluntarios de protección civil está integrada en la Red de agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón: es requisito de beneficiario.
- Necesitas estar al corriente de tus obligaciones tributarias con la Hacienda de Aragón, con la del Estado y con la Seguridad Social; si no autorizas la consulta, tendrás que aportar los certificados.
- La Comarca conveniada tiene que acreditar su conocimiento y conformidad con tu solicitud mediante el Anexo II: sin ese documento la solicitud queda incompleta.
- En el momento de solicitar debes tener actualizada en la aplicación https://avpc.aragon.es los seguros (responsabilidad civil y accidentes), altas y bajas y fichas completas de voluntarios, recursos materiales y los servicios preventivos y de emergencias realizados en 2025.
- La tramitación es exclusivamente electrónica y con el modelo normalizado de solicitud: no valen otros formatos.
- El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Aragón.
- Si te requieren subsanación tienes 10 días improrrogables; si no subsanas, se te tiene por desistida.
- Si te conceden la subvención, tienes 10 días hábiles para aceptarla (Anexo III); si no, se entiende que renuncias.
- Solo se subvencionan los gastos recogidos expresamente en el Anexo I: cualquier otro gasto, aunque encaje en la categoría general, no se subvenciona.
- Si te constituiste después del 1 de enero de 2025 y no fuiste beneficiaria en 2025, eres agrupación de nueva creación y cobras cantidades fijas (5.000 € en corriente y 3.000 € en capital), sin entrar en el reparto por criterios.
Requisitos
- Ser agrupación de voluntarios de protección civil integrada en la Red de agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón y solicitarlo en tiempo y forma.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Aragón y Estado) y con la Seguridad Social.
- Presentar declaración responsable de no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por acciones u omisiones discriminatorias por razón de género.
- Aportar la conformidad de la Comarca conveniada a la solicitud (Anexo II).
- Tener actualizada, en el momento de la solicitud, la información de la agrupación en la aplicación informática de gestión (seguros, voluntarios, recursos materiales y servicios de 2025).
- Tramitar la solicitud por medios electrónicos con el modelo normalizado obligatorio, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
- Destinar los bienes adquiridos, al menos durante dos años, al fin para el que se concedió la subvención.
- Si el gasto supera las cuantías del contrato menor, solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores y aportarlas.
- Aceptar expresamente la subvención en el plazo de 10 días hábiles (Anexo III).
Documentación que piden
- Solicitud en modelo normalizado presentada electrónicamente en la sede electrónica del Gobierno de Aragón
- Declaración responsable de no haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias por acciones u omisiones discriminatorias por razón de género
- Acreditación del conocimiento y conformidad de la Comarca conveniada a la solicitud (Anexo II)
- Certificados de las entidades aseguradoras de las pólizas de responsabilidad civil y accidentes (vigencia, cuantías y relación de voluntarios asegurados), actualizados en la aplicación de gestión
- Altas y bajas de los voluntarios y ficha completa de cada voluntario en la aplicación de gestión
- Recursos materiales insertados y actualizados en la aplicación de gestión
- Servicios preventivos y de emergencias realizados por la agrupación en 2025, en la aplicación de gestión
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Administración Tributaria de Aragón, si no se autoriza su consulta
- Aceptación de la subvención (Anexo III)
- Declaración jurada de finalidad de la subvención con memoria de los servicios realizados (Anexo IV)
- Justificantes de los gastos realizados: resumen global y facturas con justificantes de pago en la aplicación de gestión (Anexo V)
- Certificado de IVA no susceptible de recuperación o compensación (Anexo VI)
- Relación de gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención (Anexo VII)
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere las cuantías del contrato menor y, en su caso, memoria justificativa de la elección
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